Confederación Sindical de Titulados de Castilla y León

 

sobre TISCyL

¿Qué es TISCyL?

La Confederación Sindical de Titulados de Castilla y León (TISCYL) se constituye el 13 de agosto de 2014 en Valladolid, al amparo de lo dispuesto en la Constitución Española, el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 11/85 de Libertad sindical y demás normas legales relacionadas.

somos….

La Confederación está formada por la siguientes Organizaciones Sindicales: CESM, USCAL, FESICAL Y SAECyL.

 
 

Actualmente está integrada por las siguientes organizaciones sindicales:

La Confederación Sindical de Titulados de Castilla y León (TISCYL) es una organización sindical cuyo ámbito territorial es la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

 

A esta Confederación autonómica podrán afiliarse las organizaciones sindicales pueden afiliarse las organizaciones sindicales que estén constituidas por profesionales o titulados que trabajen para las administraciones públicas o en el ámbito privado de Castilla y León.

 

Desde su constitución en 2014, TISCYL se encuentra afiliada a la Confederación Estatal CESM, a la que se atribuyen sus resultados electorales, con el código 820445.

 

Nuestros fines son

a) La representación, defensa y promoción de los derechos e intereses laborales, profesionales, sindicales, económicos, sociales y culturales de los trabajadores y profesionales, así como de los afiliados a las diversas organizaciones sindicales que la integran y de los sindicatos que conforman las federaciones y confederaciones, coordinando las actividades necesarias para el cumplimiento de dichos fines

b) La negociación colectiva laboral, el planteamiento de conflictos colectivos de trabajo, el diálogo social y la participación institucional en los organismos de las administraciones públicas

c) Defender y representar los derechos y legítimos intereses de las organizaciones sindicales que la integran

d) Colaborar con las Administraciones Públicas e instituciones privadas en todo lo que se relacione con los fines de esta Confederación.

e) Mantener relaciones con otros sindicatos y asociaciones, así como federaciones o confederaciones u organizaciones sindicales de ámbito provincial, autonómico, estatal e internacional.

f) Todos aquellos que de conformidad con las leyes acuerde la Comisión Coordinadora.